5. EL PROYECTO EDUCATIVO EN SIGLAS. DESDE LA LOECE A LA LOMLOE.
LEGISLACIÓN EDUCATIVA DE LOECE A LOMLOE

Tema espinoso este de
las diferentes reformas educativas a las que nos hemos visto sometidos en las
cuatro últimas décadas. Desde la ley Moyano de 1857 se han producido
hasta ocho variaciones en la concepción y reglamentación del
sistema educativo en España. Con esta serie de cambios y adaptaciones por parte
de los sucesivos partidos políticos al mando de los diferentes gobiernos de la
democracia, se nos muestra hasta qué punto es interesante la diferencia de
opinión respecto a lo que unos y otros consideran educación en
nuestros país.
Antes de hablar de
estas dos últimas leyes en cuestión para la actividad 5 hay que hacer referencia a algunas de las que
anteriormente se pusieron en vigor y otras que se quedaron en proyectos al ser
derogadas antes de su aprobación.
Tenemos por orden cronológico:
· La Ley Orgánica por la que se regula el
Estatuto de Centros Escolares, LOECE (1980)
Es la primera ley educativa aprobada en democracia en España y la primera
en materia de educación tras la Constitución de 1978. Salió adelante bajo el
Gobierno de Unión de Centro Democrático (UCD), firmada por el ministro José
Manuel Otero, y sus principales aportaciones fueron la creación de entidades colegiadas
que agruparan a todos los sectores de la comunidad educativa (las asociaciones
de padres, entre ellas, por ejemplo) y la aplicación de un sistema democrático
de organización en los colegios e institutos. La polémica llegó cuando el
PSOE la recurrió, aduciendo que no respetaba la Carta Magna, y el Tribunal
Constitucional le dio la razón. No llegó a entrar en vigor por dos motivos: el
golpe de Estado del 23-F (1981) y la victoria electoral del Partido Socialista
(1982).
· La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la
Educación, LODE (1985)
La segunda ley de Educación de la democracia llegó de la mano del Partido
Socialista, que ya gobernaba en España tras ganar las elecciones en 1982, y su
ministro de Educación, José María Maravall. Una de sus principales novedades
fue el impulso de los llamados consejos escolares, órganos que por primera vez
facilitaron la participación de alumnos, padres y profesores en la gestión de
los centros. Además, mantuvo intacto el sistema de enseñanza que había aprobado
el régimen franquista en su Ley General de Educación de 1970 (EGB y BUP),
vigente hasta ese momento, pero añadió una modificación sustancial al plan de
subvenciones a centros escolares privados que recogía dicha legislación: a
partir de este año, debían cumplir una serie de requisitos y estaban obligados
a admitir de forma preferente a aquellos niños que residieran más cerca del
centro, tuvieran hermanos estudiando ya en sus aulas o cuyas familias contaran
con menor capacidad económica. Tardó en tramitarse porque algunos partidos
también recurrieron el texto.
· La Ley Orgánica de Ordenación General del
Sistema Educativo, LOGSE (1990)
Solo contó con los votos en contra del Partido Popular y fue impulsada y
aprobada por el PSOE (con Felipe González como presidente y Javier Solana
como ministro de Educación). Ahora sí, esta reforma acabó con el sistema de EGB
y BUP de la LGE (1970) y estableció los ciclos formativos de Educación Infantil
(0 a 6 años), Educación Primaria (6 a 12 años), Educación Secundaria
Obligatoria -ESO- (de 12 a 16 años) y Bachillerato. Esta última etapa, además,
se estableció como ciclo no obligatorio (de los 16 a los 18 años). Este plan
sigue vigente en nuestros días. Otros cambios fueron: establecer la escolaridad
obligatoria hasta los 16 años, la posibilidad de cursar materias impartidas por
docentes especializados y la reducción de los ratios por aula de 40 a 25
alumnos.
· La Ley Orgánica de
Participación, Evaluación y Gobierno de Centros Docentes, LOPEG (1995)
Se aprobó, de nuevo bajo un Gobierno socialista, en noviembre de 1995 y,
más que una reforma, supuso un complemento a la LOGSE. Sus objetivos tenían que
ver con la organización y gestión de los centros escolares, a los que otorgó
una autonomía mayor y obligó a admitir de forma preferente a alumnos
procedentes de minorías sociales. Con esta ley, además, se reforzó la función
inspectora, se amplió la vigencia del cargo de director de centro de tres a
cuatro años (elegido por el Consejo Escolar, como hasta entonces) y promovió la
jubilación anticipada del personal docente a los sesenta años hasta el año
2000.
· La Ley Orgánica de Calidad de la
Educación, LOCE (2002)
Se trata de la primera reforma educativa del Gobierno del Partido Popular tras
ganar las elecciones en 1996, con José María
Aznar a la cabeza y Pilar del
Castillo como ministra de Educación. Se aprobó en 2002 pero no entró en vigor
hasta el año 2003 y tuvo una vida bastante fugaz: la victoria electoral
de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) en 2004 y un decreto inmediato
aprobado por los socialistas paralizó la aplicación de muchas de sus medidas
(en 2006 se aprobó una nueva ley). Entre sus novedades, encontramos la puesta
en marcha de itinerarios formativos diferentes en Educación Secundaria y
Bachillerato, una prueba de reválida al final de Bachillerato, la asignatura de
religión computable y algunos cambios en los currículos formativos de la etapa
de Educación Infantil
· La Ley
Orgánica del Estado, LOE (2006)
Derogó
las leyes educativas previas, salvo la LODE de 1985, pero mantuvo el sistema
establecido en la LOGSE. Entró en vigor en 2006, con Rodríguez Zapatero como
presidente del Gobierno y María Jesús San Segundo como ministra de Educación,
aunque después la desarrolló Mercedes Cabrera, su sucesora al frente de dicha
cartera. Permitió el paso de curso con dos asignaturas suspendidas como máximo,
blindó las enseñanzas comunes a todas las Comunidades Autónomas y encontró sus
principales polémicas en la asignatura de Educación para la ciudadanía y el
mantenimiento de la asignatura de Religión como oferta obligada en los centros
pero optativa para los alumnos.
·
La Ley
Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, LOMCE (2013)
Bautizada
como 'ley Wert', pues su impulsor fue el ministro de Educación del Gobierno
de Mariano Rajoy, José Ignacio Wert (PP), es la que estableció el
castellano como lengua vehicular. Su aprobación trajo una de las polémicas más
fuertes que se recuerdan por medidas como: la implantación de las reválidas al
final de ESO y Bachillerato, la reducción de las asignaturas optativas, la
eliminación de las asignaturas Educación para la Ciudadanía y Ciencias para el
Mundo Contemporáneo y el impulso renovado a la asignatura de Religión.
·
La Ley
Orgánica de Modificación de la LOE, LOMLOE (2020)
Fue aprobada esta misma semana en el Congreso de los Diputados y llega de
la mano del actual Gobierno socialista de Pedro Sánchez y de su ministra
de Educación, Isabel Celaá, de ahí que se la conozca popularmente como 'ley
Celaá'. Se trata de la primera reforma educativa impulsada y aprobada por un
gobierno de coalición (PSOE y Unidas Podemos) de la democracia en España.
La polémica, en este caso, ha llegado por medidas como: la eliminación del
castellano como lengua vehicular de la enseñanza, la obligatoriedad de los
centros ordinarios de implementar los medios necesarios para escolarizar al
alumnado de Educación Especial en un plazo de diez años y la no obligatoriedad
de cursar la asignatura de Ética en 4º curso de Educación Secundaria.
LA LEY CELAÁ (LOMLOE)
Esta ley nace como una complementación de la anterior LOE ampliando algunos de sus artículos y rompiendo absolutamente con la denominada ley Wert (LOMCE). Se resume en los siguientes puntos:
1- DEFENSA DE LA
EDUCACIÓN PÚBLICA:la educación pública constituye el eje vertebrador del
sistema educativo.
2- CASTELLANO: deja de figurar como lengua vehicular de la
enseñanza y como lengua oficial del Estado. Las administraciones garantizarán
el derecho a recibir enseñanzas en castellano y en lenguas cooficiales para
alcanzar un dominio pleno y equivalente.
3- LENGUAS PROPIAS: la asignatura de Lengua Cooficial y
Literatura pasa a llamarse Lengua Propia y Literatura.
4- CURRÍCULO: los contenidos básicos de las enseñanzas
mínimas fijados por el Ministerio no supondrán más del 50 % de los horarios
para las comunidades con lengua cooficial ni del 60 % para el resto.
5- RELIGIÓN: oferta obligatoria, elimina la obligación de
cursar una materia alternativa y la nota no contará para procesos de acceso
universitario o a becas.
6- CULTURA DE LAS RELIGIONES: en Primaria y Secundaria se
podrá establecer la enseñanza no confesional de cultura de las religiones.
7- VALORES CÍVICOS Y ÉTICOS: se estudiará en Primaria y
Secundaria, con especial atención al respeto de los Derechos Humanos y de la
Infancia y a la igualdad. En Secundaria se conocerá el papel social de los
impuestos y la justicia fiscal.
8- EDUCACIÓN ESPECIAL: en diez años los centros ordinarios
deberán tener recursos para atender alumnado con discapacidad. Las
administraciones prestarán apoyo a los centros de Educación Especial para
alumnos que requieren atención muy especializada.
10- CONCERTADOS: elimina la "demanda social" para
abrir nuevos centros o aumentar plazas. No podrán percibir cuotas de las
familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito ni imponer aportaciones
a fundaciones o asociaciones.
11- SUELO PÚBLICO: incremento progresivo de puestos
escolares en la red pública. Los municipios cooperarán en la obtención de los
solares necesarios para construir centros públicos.
12- SEPARACIÓN DE ALUMNOS POR SEXO: los centros sostenidos
parcial o totalmente con fondos públicos no separarán al alumnado por su
género.
13- ADMISIÓN DE ALUMNOS: cuando no existan plazas
suficientes, la admisión en un centro se regirá por los criterios prioritarios
de hermanos matriculados, proximidad y renta. Después, se tendrá en cuenta el
ser familia numerosa u otras circunstancias
.
14- COMISIONES DE ADMISIÓN: cuando la demanda de plazas
supere la oferta las comisiones de admisión velarán por la presencia
equilibrada en centros con fondos públicos del alumnado con necesidad de apoyo
educativo o desfavorecido.
15- PLAZAS EN INFANTIL: aumento de las plazas públicas 0-3
años. Promover la existencia de centros públicos que incorporen Infantil con
otras etapas educativas.
16- REPETICIÓN DE CURSO: los alumnos pasarán de curso cuando
el equipo docente lo considere y también con una o dos materias suspensas.
Repetir será excepcional y el alumno solo podrá hacerlo dos veces como máximo a
lo largo de Primaria y Secundaria.
17- HISTORIA DE LA DEMOCRACIA: los alumnos deberán adquirir
un conocimiento profundo de la historia de la democracia en España. Deberá
plantearse desde una perspectiva de género.
18- EDUCACIÓN AFECTIVO-SEXUAL: fomentar de manera transversal
la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual, desde Primaria.
20- DEFENSA DEL PLANETA: fortalecer las capacidades afectivas
del alumno en sus relaciones con el planeta.
21- CERTIFICACIÓN EN SECUNDARIA: los alumnos recibirán al
concluir ESO una certificación oficial con los años cursados y el nivel de las
competencias.
22- BACHILLERATO: se podrá hacer en tres años y también se
contempla la posibilidad de que el equipo docente decida la obtención del
título por el alumno que haya superado las materias salvo una.
23- EDUCACIÓN DE ADULTOS: podrán incorporarse a la educación
de adultos los mayores de 16 años con contrato laboral o deportistas de alto
rendimiento.
24- ALUMNOS SIN CUALIFICACIÓN: las Administraciones podrán
organizar programas formativos para mayores de 17 años sin cualificación, para
permitirles un título de Formación Profesional o certificación académica.
25- PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR: modificación y
adaptación del currículo desde el tercer curso de Secundaria para el alumnado
que lo requiera con el fin de que consiga el título de graduado en ESO.
26- DOCENTES: en el plazo de un año a partir de la entrada
en vigor de la ley, el Gobierno hará una propuesta normativa que regule la
formación inicial y permanente, el acceso y el desarrollo a la profesional
docente. Los docentes que muestren una manifiesta falta de condiciones para
ocupar un puesto o una notoria falta de rendimiento podrán ser removidos de su
puesto.
27- INSPECTORES: la fase de concurso valorará la trayectoria
profesional del candidato y sus méritos, mientras que la fase de oposición será
una valoración de capacidades y no una prueba.
28- DIGITALIZACIÓN: desarrollo de la competencia digital de
los estudiantes en todas las etapas educativas.
29- ESCUELA RURAL: se garantiza un puesto gratuito en
Primaria en el propio municipio del alumno que, en el caso de trasladarse a la
zona escolar más próxima, será minimizando el desplazamiento.
30- PLAN ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA: Educación y
comunidades definirán un plan de contingencia para que continúe la actividad
educativa en situaciones como la crisis del coronavirus.
A continuación os dejo un video donde se analizan con más profundidad las diferencias y similitudes entre estas tres últimas variaciones legislativas del sistema educativo.
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