5. EL PROYECTO EDUCATIVO EN SIGLAS. DESDE LA LOECE A LA LOMLOE.


LEGISLACIÓN EDUCATIVA  DE LOECE A LOMLOE



Imagen de una lupa y unas gafas sobre unos libros en la biblioteca


Tema espinoso este de las diferentes reformas educativas a las que nos hemos visto sometidos en las cuatro últimas décadas. Desde la ley Moyano de 1857 se han producido hasta ocho variaciones en la concepción y reglamentación del sistema educativo en España. Con esta serie de cambios y adaptaciones por parte de los sucesivos partidos políticos al mando de los diferentes gobiernos de la democracia, se nos muestra hasta qué punto es interesante la diferencia de opinión respecto a lo que unos y otros consideran educación en nuestros país. 
Antes de hablar de estas dos últimas leyes en cuestión para la actividad 5 hay que hacer referencia a algunas de las que anteriormente se pusieron en vigor y otras que se quedaron en proyectos al ser derogadas antes de su aprobación. 
Tenemos por orden cronológico:

 · La Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares, LOECE (1980)  

Es la primera ley educativa aprobada en democracia en España y la primera en materia de educación tras la Constitución de 1978. Salió adelante bajo el Gobierno de Unión de Centro Democrático (UCD), firmada por el ministro José Manuel Otero, y sus principales aportaciones fueron la creación de entidades colegiadas que agruparan a todos los sectores de la comunidad educativa (las asociaciones de padres, entre ellas, por ejemplo) y la aplicación de un sistema democrático de organización en los colegios e institutos. La polémica llegó cuando el PSOE la recurrió, aduciendo que no respetaba la Carta Magna, y el Tribunal Constitucional le dio la razón. No llegó a entrar en vigor por dos motivos: el golpe de Estado del 23-F (1981) y la victoria electoral del Partido Socialista (1982).

 
 · La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, LODE (1985) 

La segunda ley de Educación de la democracia llegó de la mano del Partido Socialista, que ya gobernaba en España tras ganar las elecciones en 1982, y su ministro de Educación, José María Maravall. Una de sus principales novedades fue el impulso de los llamados consejos escolares, órganos que por primera vez facilitaron la participación de alumnos, padres y profesores en la gestión de los centros. Además, mantuvo intacto el sistema de enseñanza que había aprobado el régimen franquista en su Ley General de Educación de 1970 (EGB y BUP), vigente hasta ese momento, pero añadió una modificación sustancial al plan de subvenciones a centros escolares privados que recogía dicha legislación: a partir de este año, debían cumplir una serie de requisitos y estaban obligados a admitir de forma preferente a aquellos niños que residieran más cerca del centro, tuvieran hermanos estudiando ya en sus aulas o cuyas familias contaran con menor capacidad económica. Tardó en tramitarse porque algunos partidos también recurrieron el texto.

 
 · La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, LOGSE (1990)

Solo contó con los votos en contra del Partido Popular y fue impulsada y aprobada por el PSOE (con Felipe González como presidente y Javier Solana como ministro de Educación). Ahora sí, esta reforma acabó con el sistema de EGB y BUP de la LGE (1970) y estableció los ciclos formativos de Educación Infantil (0 a 6 años), Educación Primaria (6 a 12 años), Educación Secundaria Obligatoria -ESO- (de 12 a 16 años) y Bachillerato. Esta última etapa, además, se estableció como ciclo no obligatorio (de los 16 a los 18 años). Este plan sigue vigente en nuestros días. Otros cambios fueron: establecer la escolaridad obligatoria hasta los 16 años, la posibilidad de cursar materias impartidas por docentes especializados y la reducción de los ratios por aula de 40 a 25 alumnos.

 
· La Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de Centros Docentes, LOPEG (1995)

Se aprobó, de nuevo bajo un Gobierno socialista, en noviembre de 1995 y, más que una reforma, supuso un complemento a la LOGSE. Sus objetivos tenían que ver con la organización y gestión de los centros escolares, a los que otorgó una autonomía mayor y obligó a admitir de forma preferente a alumnos procedentes de minorías sociales. Con esta ley, además, se reforzó la función inspectora, se amplió la vigencia del cargo de director de centro de tres a cuatro años (elegido por el Consejo Escolar, como hasta entonces) y promovió la jubilación anticipada del personal docente a los sesenta años hasta el año 2000.
 
 · La Ley Orgánica de Calidad de la Educación, LOCE (2002) 

Se trata de la primera reforma educativa del Gobierno del Partido Popular  tras ganar las elecciones en 1996, con José María Aznar a la cabeza y Pilar del Castillo como ministra de Educación. Se aprobó en 2002 pero no entró en vigor hasta el año 2003 y tuvo una vida bastante fugaz: la victoria electoral de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) en 2004 y un decreto inmediato aprobado por los socialistas paralizó la aplicación de muchas de sus medidas (en 2006 se aprobó una nueva ley). Entre sus novedades, encontramos la puesta en marcha de itinerarios formativos diferentes en Educación Secundaria y Bachillerato, una prueba de reválida al final de Bachillerato, la asignatura de religión computable y algunos cambios en los currículos formativos de la etapa de Educación Infantil

 
 · La Ley Orgánica del Estado, LOE (2006)

Derogó las leyes educativas previas, salvo la LODE de 1985, pero mantuvo el sistema establecido en la LOGSE. Entró en vigor en 2006, con Rodríguez Zapatero como presidente del Gobierno y María Jesús San Segundo como ministra de Educación, aunque después la desarrolló Mercedes Cabrera, su sucesora al frente de dicha cartera. Permitió el paso de curso con dos asignaturas suspendidas como máximo, blindó las enseñanzas comunes a todas las Comunidades Autónomas y encontró sus principales polémicas en la asignatura de Educación para la ciudadanía y el mantenimiento de la asignatura de Religión como oferta obligada en los centros pero optativa para los alumnos.


· La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, LOMCE (2013

Bautizada como 'ley Wert', pues su impulsor fue el ministro de Educación del Gobierno de Mariano Rajoy, José Ignacio Wert (PP), es la que estableció el castellano como lengua vehicular. Su aprobación trajo una de las polémicas más fuertes que se recuerdan por medidas como: la implantación de las reválidas al final de ESO y Bachillerato, la reducción de las asignaturas optativas, la eliminación de las asignaturas Educación para la Ciudadanía y Ciencias para el Mundo Contemporáneo y el impulso renovado a la asignatura de Religión.


 · La Ley Orgánica de Modificación de la LOE, LOMLOE (2020) 

Fue aprobada esta misma semana en el Congreso de los Diputados y llega de la mano del actual Gobierno socialista de Pedro Sánchez y de su ministra de Educación, Isabel Celaá, de ahí que se la conozca popularmente como 'ley Celaá'. Se trata de la primera reforma educativa impulsada y aprobada por un gobierno de coalición (PSOE y Unidas Podemos) de la democracia en España. La polémica, en este caso, ha llegado por medidas como: la eliminación del castellano como lengua vehicular de la enseñanza, la obligatoriedad de los centros ordinarios de implementar los medios necesarios para escolarizar al alumnado de Educación Especial en un plazo de diez años y la no obligatoriedad de cursar la asignatura de Ética en 4º curso de Educación Secundaria.



 LA LEY CELAÁ (LOMLOE)


Esta ley nace como una complementación de la anterior LOE ampliando algunos de sus artículos y rompiendo absolutamente con la denominada ley Wert (LOMCE). Se resume en los siguientes puntos:
 

1- DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA:la educación pública constituye el eje vertebrador del sistema educativo.

2- CASTELLANOdeja de figurar como lengua vehicular de la enseñanza y como lengua oficial del Estado. Las administraciones garantizarán el derecho a recibir enseñanzas en castellano y en lenguas cooficiales para alcanzar un dominio pleno y equivalente.

3- LENGUAS PROPIAS: la asignatura de Lengua Cooficial y Literatura pasa a llamarse Lengua Propia y Literatura.

4- CURRÍCULO: los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas fijados por el Ministerio no supondrán más del 50 % de los horarios para las comunidades con lengua cooficial ni del 60 % para el resto.

5- RELIGIÓN: oferta obligatoria, elimina la obligación de cursar una materia alternativa y la nota no contará para procesos de acceso universitario o a becas.

6- CULTURA DE LAS RELIGIONES: en Primaria y Secundaria se podrá establecer la enseñanza no confesional de cultura de las religiones.

7- VALORES CÍVICOS Y ÉTICOS: se estudiará en Primaria y Secundaria, con especial atención al respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia y a la igualdad. En Secundaria se conocerá el papel social de los impuestos y la justicia fiscal.

8- EDUCACIÓN ESPECIAL: en diez años los centros ordinarios deberán tener recursos para atender alumnado con discapacidad. Las administraciones prestarán apoyo a los centros de Educación Especial para alumnos que requieren atención muy especializada.

10- CONCERTADOS: elimina la "demanda social" para abrir nuevos centros o aumentar plazas. No podrán percibir cuotas de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito ni imponer aportaciones a fundaciones o asociaciones.

11- SUELO PÚBLICO: incremento progresivo de puestos escolares en la red pública. Los municipios cooperarán en la obtención de los solares necesarios para construir centros públicos. 

12- SEPARACIÓN DE ALUMNOS POR SEXO: los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos no separarán al alumnado por su género.

13- ADMISIÓN DE ALUMNOS: cuando no existan plazas suficientes, la admisión en un centro se regirá por los criterios prioritarios de hermanos matriculados, proximidad y renta. Después, se tendrá en cuenta el ser familia numerosa u otras circunstancias
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14- COMISIONES DE ADMISIÓN: cuando la demanda de plazas supere la oferta las comisiones de admisión velarán por la presencia equilibrada en centros con fondos públicos del alumnado con necesidad de apoyo educativo o desfavorecido.

15- PLAZAS EN INFANTIL: aumento de las plazas públicas 0-3 años. Promover la existencia de centros públicos que incorporen Infantil con otras etapas educativas.

16- REPETICIÓN DE CURSO: los alumnos pasarán de curso cuando el equipo docente lo considere y también con una o dos materias suspensas. Repetir será excepcional y el alumno solo podrá hacerlo dos veces como máximo a lo largo de Primaria y Secundaria.

17- HISTORIA DE LA DEMOCRACIA: los alumnos deberán adquirir un conocimiento profundo de la historia de la democracia en España. Deberá plantearse desde una perspectiva de género.

18- EDUCACIÓN AFECTIVO-SEXUAL: fomentar de manera transversal la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual, desde Primaria.

20- DEFENSA DEL PLANETA: fortalecer las capacidades afectivas del alumno en sus relaciones con el planeta.

21- CERTIFICACIÓN EN SECUNDARIA: los alumnos recibirán al concluir ESO una certificación oficial con los años cursados y el nivel de las competencias.

22- BACHILLERATO: se podrá hacer en tres años y también se contempla la posibilidad de que el equipo docente decida la obtención del título por el alumno que haya superado las materias salvo una.

23- EDUCACIÓN DE ADULTOS: podrán incorporarse a la educación de adultos los mayores de 16 años con contrato laboral o deportistas de alto rendimiento.

24- ALUMNOS SIN CUALIFICACIÓN: las Administraciones podrán organizar programas formativos para mayores de 17 años sin cualificación, para permitirles un título de Formación Profesional o certificación académica.

25- PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR: modificación y adaptación del currículo desde el tercer curso de Secundaria para el alumnado que lo requiera con el fin de que consiga el título de graduado en ESO.

26- DOCENTES: en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley, el Gobierno hará una propuesta normativa que regule la formación inicial y permanente, el acceso y el desarrollo a la profesional docente. Los docentes que muestren una manifiesta falta de condiciones para ocupar un puesto o una notoria falta de rendimiento podrán ser removidos de su puesto.

27- INSPECTORES: la fase de concurso valorará la trayectoria profesional del candidato y sus méritos, mientras que la fase de oposición será una valoración de capacidades y no una prueba.

28- DIGITALIZACIÓN: desarrollo de la competencia digital de los estudiantes en todas las etapas educativas.

29- ESCUELA RURAL: se garantiza un puesto gratuito en Primaria en el propio municipio del alumno que, en el caso de trasladarse a la zona escolar más próxima, será minimizando el desplazamiento.

30- PLAN ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA: Educación y comunidades definirán un plan de contingencia para que continúe la actividad educativa en situaciones como la crisis del coronavirus.


A continuación os dejo un video donde se analizan con más profundidad las diferencias y similitudes entre estas tres últimas variaciones legislativas del sistema educativo.



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